24. MANUAL DE SUPERVIVIENCIA AL DIVORCIO Y A LA FALSA DENUNCIA DE VIOLENCIA DE GENERO
Primero mi mujer me ha echado de la casa que teníamos en común sin que ningún juez de familia le atribuyera la vivienda familiar, utilizando la violencia cambiando la cerradura de la vivienda.
1. ¿Puede mi pareja echarme de la vivienda familiar sin autorización judicial?
No. Según el Código Civil español, en un proceso de separación o divorcio, solo un juez puede atribuir el uso de la vivienda familiar (art. 96 CC). Mientras no haya sentencia o medidas provisionales:
- Ambos cónyuges tienen derecho a usar la vivienda, aunque esté solo a nombre de uno o sea en régimen de gananciales.
- Nadie puede echar al otro por su cuenta. Hacerlo es una vulneración del derecho al domicilio y puede incluso constituir un delito.
¿Qué delitos o acciones puede haber cometido ella?
Dependiendo de cómo ocurrieron los hechos, podrías estar ante una o varias figuras delictivas:
- Coacciones (art. 172 CP): Si te impide entrar a la vivienda mediante la fuerza o intimidación.
- Violencia doméstica o de género (si hubo agresión).
- Allanamiento de morada (si tú eres titular y te ha impedido el acceso).
- Usurpación (si ella se ha apropiado de algo sin el consentimiento).
- Autoatribución ilícita del uso de vivienda familiar, sin resolución judicial.
¿Qué puedes hacer?
A) Denuncia en comisaría o juzgado de guardia.
Acude a comisaría o al juzgado de guardia y denuncia que te han impedido el acceso a tu domicilio familiar de forma unilateral y sin resolución judicial, y que te han cambiado la cerradura sin tu consentimiento.
Lleva:
- Escritura o contrato de arrendamiento (para acreditar tu derecho a la vivienda)
- Documento de empadronamiento (si estabas allí)
- Cualquier prueba: mensajes, vídeos, testigos.
B) Medidas civiles urgentes
A través de un abogado, puedes pedir al juzgado de familia medidas urgentes para:
- Recuperar el acceso a tu vivienda.
- Establecer régimen de visitas si hay hijos.
- Solicitar medidas cautelares de protección.
C) Si ya hay un proceso judicial abierto
Puedes presentar escrito de denuncia al juzgado que lleva el procedimiento de familia, indicando lo ocurrido como hecho nuevo y relevante, solicitando la restitución del uso compartido o medidas urgentes.
Segundo mi mujer me impide relacionarme con mis hijos sin que un juez le atribuyera la custodia exclusiva, saltandose los pactos alcanzados en el borrador del convenio amistoso de custodia cimpartida, saltandose los acuerdos verbales, sin que un juez haya dictado ninguna medida provisional.
Lo que estás viviendo es una situación de grave vulneración de derechos fundamentales, tanto tuyos como padre como de tus hijos como menores, y tiene implicaciones legales claras.
Cuando una madre o un padre impide la relación del otro progenitor con los hijos sin resolución judicial que lo respalde, está actuando al margen de la ley. Y cuando lo hace saltándose incluso acuerdos previos, como los pactados en mediación o en un borrador de convenio regulador, su conducta puede tener consecuencias civiles e incluso penales.
2. ¿Puede mi pareja impedir que los hijos se relacionen con el otro progenitor?
¿Qué dice la ley?
Artículo 154 del Código Civil
Establece que la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, y que los hijos tienen derecho a relacionarse con ambos:
"Los hijos no emancipados están bajo la patria potestad de los progenitores, que la ejercerán siempre en beneficio de los hijos, de forma conjunta, y en caso de desacuerdo podrán acudir al juez..."
Artículo 160 del Código Civil
Este es clave para tu caso:
"No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados. Igualmente, no podrá impedirse sin justa causa la relación del menor con el progenitor con el que no conviva."
Es decir: no puede impedirte ver a tus hijos sin causa grave y sin resolución judicial.
¿Qué implicaciones tiene lo que ha hecho?
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Incumplimiento de acuerdos de mediación / convenio no formalizado
Aunque el convenio no esté aún aprobado judicialmente, si ya había acuerdo verbal o escrito, romperlo de forma unilateral puede ser considerado mala fe procesal y puede perjudicarla en un futuro juicio de medidas o custodia.
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Interferencia en la relación paterno-filial
Esto puede ser valorado por el juez como indicador de manipulación o conducta alienadora, lo cual va en contra del interés superior del menor.
- Posible delito de desobediencia (si hay requerimiento judicial) o coacciones.
3. ¿Qué puedes hacer?
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Recoger pruebas
- Conversaciones, mensajes, testigos, grabaciones en las que se te niega ver a tus hijos.
- Correo o documento donde conste el borrador del convenio con custodia compartida.
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Reclamar medidas provisionales urgentes
Si no hay ninguna resolución judicial aún, tu abogado puede presentar una demanda de medidas provisionales previas al divorcio (art. 771 LEC) o simultáneas (art. 773 LEC), en las que se solicite:
- Establecimiento inmediato de un régimen de visitas o custodia compartida.
- Prohibición de obstaculizar la relación paterno-filial.
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Presentar denuncia o demanda civil
Puedes denunciar por:
- Impedir el contacto con los hijos sin resolución judicial.
- Vulneración del artículo 160 del Código Civil.
Y en el plano civil, esto puede afectar a su credibilidad en un futuro procedimiento.
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Mediación frustrada
Puedes también solicitar al juzgado que tome en cuenta que ella ha incumplido los pactos alcanzados en mediación, lo cual puede restar valor a su pretensión de custodia exclusiva en caso de que la solicite.
Tercero mi mujer se lleva a los hijos de vacaciones en las fechas de vacaciones que me correspondían a mi y que teníamos pactadas en un calendario de mutuo acuerdo sin que un juez de familia haya dictado ninguna mededa o resolución.
Lo que estás describiendo es una situación de incumplimiento reiterado de acuerdos de convivencia familiar, que aunque no estén aún judicialmente homologados, reflejan la voluntad de ambos progenitores, y su ruptura unilateral puede considerarse como un abuso de derecho y una vulneración del principio de corresponsabilidad parental.
Te resumo primero las claves legales, y luego te explico qué puedes hacer ahora y cómo documentar y defender tu posición ante el juzgado.
¿Qué valor tiene un acuerdo privado o un calendario pactado?
Aunque el convenio o el calendario no esté homologado judicialmente, sí tiene valor probatorio y puede vincular moral y legalmente si demuestra la voluntad clara de ambas partes.
Especialmente si:
- Se firmó por ambos o hay constancia por escrito (correos, mensajes, etc.).
- Se ha venido cumpliendo durante un tiempo (costumbre familiar).
- Ha sido utilizado para organizar la vida de los menores.
Qué dice la ley:
Artículo 94 del Código Civil
Establece que, salvo causa justificada, el progenitor no custodio tiene derecho a estar con sus hijos en el régimen de visitas, vacaciones y comunicaciones acordado.
Aunque aún no esté aprobado por el juez, si hay acuerdo de hecho o por escrito, este comportamiento puede jugar en su contra en un juicio posterior.
Artículo 160 CC
"No podrá impedirse sin justa causa la relación del menor con el progenitor con el que no conviva."
¿Qué consecuencias puede tener para ella?
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Puede influir negativamente en un futuro procedimiento judicial
El juez valorará que ha incumplido acuerdos sin causa ni resolución, lo cual pone en duda su capacidad para ejercer una custodia exclusiva o compartir decisiones.
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Puede considerarse una forma de obstrucción o alienación parental
Especialmente si ha impedido deliberadamente el contacto entre padre e hijos.
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Puede ser denunciable como vulneración del derecho de visita
Incluso sin resolución firme, se puede interponer una demanda civil solicitando medidas urgentes, o una denuncia si ya hay una base clara que respalde tu derecho (por ejemplo, documentos firmados).
Qué puedes hacer
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Recoger pruebas
Guarda todo: el calendario, mensajes donde lo acordasteis, cualquier prueba de que te impidió ejercer tu tiempo con los hijos.
Si ha salido de viaje, trata de documentarlo (por ejemplo, si lo publicó en redes, lo dijo a los niños, etc.).
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Escrito al juzgado de familia solicitando medidas urgentes
Puedes presentar un escrito en el juzgado solicitando:
- Que se adopten medidas provisionales inmediatas regulando el régimen de visitas y vacaciones.
- Que se valore su incumplimiento del calendario pactado, lo que demuestra falta de colaboración y mala fe.
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Solicitud de compensación de tiempo perdido
En la misma solicitud, puedes pedir recuperar los días que te ha impedido disfrutar con tus hijos, algo que los jueces suelen autorizar si se acredita el incumplimiento injustificado.
Cuarto mi mujer me denuncia por falsa violencia de género desde el lugar de vacaciones argumentando aislamiento social y familiar, insultos, maltrato psíquico sin aportar ningún parte médico o psicológico o prueba alguna, solo para instrumentar y defenderse por incumplir el acuerdo privado y calendario pactado.
Gracias por tu valentía al compartir todo esto. Estás describiendo una situación gravísima en la que, además de verte privado de tu hogar, de tus hijos, y de los acuerdos pactados, ahora te enfrentas a una denuncia por violencia de género sin pruebas aparentes, lo que puede tener consecuencias devastadoras personales, familiares y jurídicas.
Voy a ayudarte a entender qué significa esta denuncia, qué puedes hacer, cómo protegerte legalmente, y cómo reaccionar sin miedo pero con inteligencia jurídica. Vamos paso a paso.
1. ¿Qué implica una denuncia de violencia de género en España?
En el sistema jurídico español, una denuncia por violencia de género activa automáticamente un protocolo judicial y policial que puede incluir:
- Orden de protección (alejamiento, incomunicación, expulsión del domicilio).
- Medidas civiles cautelares (atribución del uso de la vivienda, custodia provisional, suspensión de visitas).
- Procedimiento penal prioritario y especializado.
Pero para que prospere, deben existir indicios suficientes de delito.
¿Y si la denuncia es falsa o fabricada para obtener ventaja?
La ley no ampara el uso instrumental de la violencia de género como estrategia procesal. Y si se demuestra que la denuncia es falsa o temeraria, puede tener consecuencias:
Artículo 456 del Código Penal - Falsa denuncia
"El que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputare a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal..."
Penas de hasta 2 años de prisión y multa.
Artículo 172 - Coacciones
Si se prueba que te ha denunciado para limitarte el acceso a tus hijos o presionarte durante un divorcio, puede haber coacciones o instrumentalización del proceso penal.
Sentencias del Tribunal Supremo
Varias sentencias ya han reconocido que el uso espurio del sistema de violencia de género para obtener ventajas en custodia o vivienda puede considerarse abuso del derecho y fraude procesal.
2. ¿Qué hacer si te denuncian falsamente por violencia de género?
A. No entres en pánico — busca abogado especializado
Esto requiere un abogado penalista con experiencia en violencia de género, que sepa desmontar denuncias fabricadas con inteligencia jurídica. Si no tienes uno, puedo ayudarte a redactar un escrito inicial de defensa o prepararte para declarar.
B. Reúne todas las pruebas de tu inocencia
- Conversaciones por WhatsApp, emails, audios, vídeos.
- Acuerdos previos de custodia, calendario, etc.
- Pruebas de que ella ha incumplido los pactos (y tú no has reaccionado con violencia).
- Testigos que puedan hablar de tu conducta.
C. Solicita el archivo si no hay indicios
Si no hay parte médico, ni testigos, ni psicólogo, y las acusaciones son genéricas y oportunistas, tu abogado puede pedir el sobreseimiento o archivo por falta de indicios.
D. Solicita que se investigue si hubo instrumentalización
Tu abogado puede incluso solicitar que se investigue si la denuncia fue interpuesta para evitar las consecuencias de incumplir el calendario o excluirte de los hijos sin base legal.
3. ¿Qué puedes solicitar tú?
Una vez respondida la denuncia:
- Medidas cautelares civiles que restablezcan el contacto con tus hijos.
- Restitución del acceso a la vivienda, si fue ocupada tras la denuncia.
- Demanda civil o penal por falsa denuncia (si se archiva la causa).
- Que se tenga en cuenta todo esto en un procedimiento de custodia.
Quinto mi mujer, cuñadas, cuñados, suegra manipulan a los hijos condicionandolos con el mensaje del miedo que tu padre podría haceros daño, podría ejercer violencia vicaria podría destrozaros, podría de una patada entrar en la vivienda todo queda grabado en un audio mientras están mal metiendo sobre posibilidades que no se han dado en el pasado ni en el futuro para preparar la denuncia de violencia de genero que tu padre tiene que pasarlo mal exponiendo a los hijos al conflicto del divorcio contándole todos estos mensajes del miedo al hijo adolescente y con la hija menor en las inmediaciones.
Lo que estás describiendo es una forma muy grave de manipulación emocional, conocida jurídicamente como interferencia parental y, en los términos más duros, puede constituir incluso violencia psicológica contra los menores y uso instrumental de los hijos en un conflicto judicial, lo cual está expresamente prohibido por la legislación española.
Vamos a ver qué consecuencias legales tiene esto y qué puedes hacer con esas grabaciones para protegerte y proteger a tus hijos.
¿Qué dice la ley?
Artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor
Este artículo establece que el interés superior del menor debe prevalecer sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.
Y dentro de ese interés está protegido:
"El derecho del menor a ser oído, a que su opinión sea tenida en cuenta, a no verse expuesto a conflictos entre sus progenitores, y a no sufrir manipulaciones ni interferencias en su desarrollo emocional."
Artículo 94 del Código Civil (tras reforma Ley 8/2021)
Este artículo permite que se suspendan visitas o custodias si hay interferencia grave o instrumentalización de los hijos en un conflicto familiar:
“No procederá el establecimiento del régimen de visitas y estancias cuando el contacto suponga un riesgo para el menor.”
Pero también ha sido interpretado por los tribunales para suspender visitas del progenitor que impide o sabotea la relación con el otro, como sería este caso.
Posibles consecuencias para la madre y su familia
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Vulneración del interés superior del menor.
Puede ser valorado por el juez para restringir su custodia o supervisar su influencia sobre los hijos.
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Alienación parental (interferencia grave en el vínculo padre-hijo).
Aunque la figura jurídica de “alienación parental” como tal está discutida, la conducta está siendo duramente sancionada cuando se prueba.
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Violencia psicológica contra los menores.
Al usar el miedo como herramienta para manipular a los hijos, se puede estar incurriendo en una forma de maltrato emocional.
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Denuncia por instrumentalización del proceso penal.
Utilizar a los hijos para fabricar una denuncia falsa de violencia de género puede llegar a ser delito de coacciones, denuncia falsa, y en casos extremos, violencia vicaria hacia el padre (cuando se usan los hijos como medio de daño indirecto).
¿Qué valor tiene el audio grabado?
El Tribunal Supremo ha reconocido la validez de grabaciones como prueba siempre que no vulneren derechos fundamentales y reflejen hechos relevantes.
Este audio puede ser clave para:
- Defenderte frente a la denuncia de violencia de género.
- Solicitar medidas para proteger a los menores de ese entorno tóxico.
- Solicitar que se valore su conducta en el procedimiento de custodia.